Recursos contra la Liquidacion Complementaria: Dependiendo de cuál sea su caso, de en qué momento del procedimiento se encuentre usted, del método que haya utilizado la Administración para comprobar el valor de su inmueble y, en consecuencia, para girarle la liquidación complementaria del Impuesto sobre Transmisiones que ha recibido, nosotros le propondremos la mejor alternativa para tratar de solucionar su problema.
Nuestros servicios se extienden desde la vía administrativa (escritos de alegaciones, recursos de reposición, reclamaciones económico-administrativas, procedimientos de tasación pericial contradictoria, etc.) hasta la vía jurisdiccional con la interposición, en su caso, de los correspondientes recursos contencioso-administrativos. No obstante, en la inmensa mayoría de los casos no es necesario llegar a la fase judicial para conseguir anular o, al menos, reducir notoriamente la cuantía de la liquidación complementaria.
Si desea que analicemos su caso, sin ningún tipo de compromiso, remítanos la liquidación recibida, la escritura de compraventa y si la tiene, la tasación efectuada a fines hipotecarios. Nuestros profesionales analizarán con detalle su documentación y le llamarán para informarle de las posibilidades de éxito.
Caso de que estuviera interesado entonces en contar con nuestros servicios, le remitiríamos telemáticamente una hoja de encargo, con cuya firma por su parte iniciaríamos nuestro trabajo.
La experiencia acumulada tras haber redactado Recursos contra la Liquidacion Complementaria en varios cientos de casos a nivel nacional nos permite afirmar que estamos muy especializados en la materia.
Tras varios años prestando servicios a nuestros clientes recurriendo liquidaciones complementarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, son ya varios cientos los casos en los que hemos conseguido bien anular íntegramente la liquidación recibida por el contribuyente, o bien reducir de manera notoria su cuantía.
A continuación se recogen varios casos reales tramitados por “López Cuevas Asesores & Abogados”:
TEAR Andalucía
Recursos contra la Liquidacion Complementaria
Señor que adquiere en Andalucía su vivienda habitual por un precio de 100.000 euros, autoliquida la cantidad de 8.000 euros en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
La Junta comprueba el valor de tal compraventa, elevándolo a 165.280,45 euros, y emite una liquidación complementaria exigiendo un importe de 5.414,62 euros (intereses de demora incluidos).
Tras casi dos años de tramitación del recurso, conseguimos que dicha liquidación complementaria sea anulada íntegramente en dos ocasiones por el TEAR de Andalucía, debido a la falta de motivación reiterada que presentaba la misma.
Matrimonio casado en gananciales que adquiere su vivienda por un precio de 225.000 euros, autoliquidando un importe total de de 22.500 euros en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
La Generalitat Valenciana comprueba el valor de dicha vivienda, elevándolo a 307.225,40 euros, y girando en consecuencia una liquidación complementaria por importe de 8.603,21 euros.
Debido a nuestra intervención profesional, el procedimiento finaliza satisfactoriamente, anulándose íntegramente la liquidación por la falta de motivación de la que adolece la misma y por haber sido emitida a uno solo de los dos cónyuges, en lugar de haber exigido la mitad a cada uno de ellos.
TPC Andalucía
Recursos contra la Liquidacion Complementaria
Matrimonio que adquiere un chalet por un valor de 150.000 euros. La Junta de Andalucía considera que el valor comprobado del inmueble es de más del doble (328.045,28 euros) y emite una liquidación complementaria por importe de 14.872,43 euros.
Tras seguir un largo procedimiento de tasación pericial contradictoria, en el que aportamos la tasación de uno de nuestros peritos, conseguimos que el tercer perito muestre su conformidad con el valor declarado inicialmente, con lo que anulamos íntegramente la liquidación.
TPC Andalucía
Recursos contra la Liquidacion Complementaria
Joven menor de 35 años que adquiere su vivienda habitual por un precio de 85.000 euros, ingresando en concepto de Impuesto una cantidad de 2.975 euros (tipo reducido 3,5% Junta de Andalucía).
La Administración comprueba el valor de tal compraventa (elevándolo a 133.098,04 euros), y al superar el umbral de 130.000 euros existente para la aplicación del tipo reducido, emite una liquidación complementaria exigiendo un importe de 7.761,04 euros, por resultar aplicable el tipo de 8% a tal valor comprobado.
Tras la tramitación de un procedimiento de tasación pericial contradictoria, conseguimos que el cliente satisfaga únicamente un importe de 670,23 euros en concepto de liquidación complementaria.
ón.
TPC Castilla La Mancha
Recursos contra la Liquidacion Complementaria
Matrimonio que adquiere una vivienda por un precio de 126.250 euros, la Administración comprueba el valor de dicho inmueble, elevándolo inicialmente a la cantidad de 157.778,96 euros, emitiendo en consecuencia una liquidación complementaria por importe de 2.541,32 euros.
Tras efectuar los trámites oportunos, conseguimos que nuestro cliente no pague nada por la liquidación complementaria recibida.