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Cómo funciona el procedimiento de la Tasación Pericial Contradictoria

¿Cómo funciona el procedimiento de la Tasación Pericial Contradictoria?

El contribuyente que ha recibido una liquidación complementaria del ITPAJD o del Impuesto sobre Sucesiones puede acogerse a esta vía de recurso bien directamente, o bien tras haberle sido desestimada, en su caso, la reclamación económico-administrativa interpuesta ante el TEAR.

Dicho procedimiento se inicia mediante un simple escrito en el que se manifiesta el acogimiento a la TPC, con el que se obliga, además, a que la Administración efectúe una valoración individualizada del inmueble.

Lo habitual es que el Perito de la Administración no se persone en el lugar para conocer “in situ” las características de la vivienda. No obstante, la valoración suele ser inferior a la efectuada inicialmente por otros medios de comprobación de valores, con lo que ya se consigue un cierto ahorro.

Frente a dicha valoración, podemos presentar una tasación de un perito de parte, dándose entonces dos posibilidades:

  • Si la diferencia entre la valoración de la Administración y la de nuestro perito es inferior a un 10 por 100 de la valoración realizada por este último y a 120.000 euros, obligatoriamente se ha de tomar como valor comprobado definitivo el calculado por nuestro perito.
  • Si la diferencia es superior a los umbrales comentados, la Administración nombrará un tercer perito, de entre una lista facilitada al efecto por el Colegio de Arquitectos o Arquitectos Técnicos de la provincia, y la valoración que éste efectúe será la que sirva definitivamente como base imponible de la liquidación definitiva.

¿Y quién paga los honorarios de los peritos?

  • La valoración que realice la Administración no tiene coste alguno para el contribuyente.
  • Respecto al perito de parte, en “López Cuevas Asesores & Abogados” tenemos firmados convenios con diversos profesionales (arquitectos y arquitectos técnicos), de manera que sus honorarios los incluimos dentro del porcentaje que cobramos al cliente respecto del ahorro que le consigamos. En el improbable caso de que no consigamos anular o reducir el importe de la liquidación complementaria, el cliente no tendrá que pagar importe alguno por esta tasación.
  • El tercer perito, en su caso, lo pagará la Administración si la valoración que efectúe no supera un 20 por 100 del valor declarado por el contribuyente. Caso de ser superior a dicho porcentaje, los honorarios del citado técnico serán sufragados por el cliente.

No dude en consultarnos su caso particular. Analizamos su liquidación y le recomendamos el camino a tomar sin ningún compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la tasación pericial contradictoria?
Es el procedimiento con el que usted enfrenta un perito propio al de la Administración cuando no está de acuerdo con el valor que Hacienda ha dado a su inmueble. Si los dos peritos discrepan mucho, interviene un tercer perito.
¿Cuánto cuesta una tasación pericial contradictoria?
El coste depende del perito y del inmueble, y quién lo paga varía según el resultado: si la valoración del tercer perito se acerca más a la suya que a la de la Administración, el gasto corre a cargo de Hacienda. Por eso conviene estudiar antes si compensa en su caso concreto.
¿Se puede pedir desde cualquier provincia?
Sí. El procedimiento es escrito y se lleva a distancia: no hace falta que usted ni nosotros estemos en la provincia del inmueble.
¿Es mejor la tasación pericial contradictoria o el recurso?
Depende de lo que falle en su liquidación. Si el problema es que la Administración no ha motivado bien cómo llega a ese valor, el recurso suele ser el camino. Si lo que se discute es el valor en sí, la tasación pericial contradictoria. A veces se plantean en orden.